El IVA es una de las mayores pesadillas de autónomos y empresarios, tal y como bien sabe cualquier gestoría con experiencia y una buena cartera de clientes. Sin embargo, lo que muchos no saben es que este impuesto indirecto sobre el consumo no tiene por qué aparecer en todas las facturas emitidas entre profesionales y empresas. En este artículo te contamos qué situaciones están exentas.
Actividades económicas exentas de IVA
A continuación se detallan diferentes actividades cuyas facturas están exentas de IVA para las empresas:
- Actividades médicas: cualquier servicio hospitalario y relacionado con la asistencia sanitaria.
- Actividades educativas: cualquier actividad relacionada con la enseñanza en centros públicos o privados, y en clases particulares.
- Actividades financieras: los préstamos, créditos, depósitos en efectivos y otros servicios de mediación no tributan IVA.
- Actividades deportivas y culturales: Estos actos sociales prestados por organizaciones sin ánimo de lucro están exentas de IVA.
- Actividades inmobiliarias: por la compra-venta de terrenos rústicos no edificables.
- Actividades políticas: la entrega de bienes y servicios por parte de los partidos políticos orientada a la búsqueda de financiación.
Así mismo, a esta lista también sería necesario añadir cualquier servicio postal universal y la entrega de sellos de correos y de curso legal.
Tipo de exenciones
Igualmente, también es necesario entender el motivo por el cuál estas actividades específicas están exentas de IVA. Para ello, es necesario conocer la tipología de esa exención:
- Exenciones plenas. Se aplican a exportaciones, entregas intracomunitarias de bienes y otras operaciones similares a las exportaciones.
- Exenciones limitadas. En esos casos, no se puede descontar el IVA soportado en la fabricación del producto o servicio, por lo que los proveedores deben igualmente hacer factura con IVA.